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Tesorero Municipal Vicente Euan Andueza
Cmte. Pablo Pech, Director de Seguridad Pública y Vialidad de Motul.
Edgar Martin Pech- Protección Civil
Jorge Piste Alonzo Director del Sistema Municipal de Agua Potable
Cristian Canul Aké- Director del DIF Municipal
Lucio Estrella Canul- Director de Servicios Públicos Municipales
Jorge Mendez Pool Director de Educación, Cultura y Deportes
L.E.O. Manuel Hau Arceo , Director de Salud
Arq. Eric Contreras Ramírez, Director de Obras Públicas y Desarrollo Urbano.
Br. Nigel May Aké Desarrollo Rural

Numeros de Emergencias en Motul
POLICIA 915- 0701 y 915-1507 / PALACIO MUNICIPAL 915 - 2600 / PROTECCION CIVIL 915 - 2257 / BOMBEROS 915-1967 / CRUZ ROJA MOTUL 915- 2480
Pàgina oficial del Ayuntamiento de Motul

Se conforma la administración municipal de Motul 2010-2012
» Gobierno Municipal   Lunes, 12·Julio·2010

Durante la primera sesión de cabildo se designo a los  funcionarios públicos que fungirán como directores, entre ellos el director de administración, finanzas y tesoreria, CP. Vicente Euan Andueza, el jefe de la policía municipal Cmte. Pablo Pech Pech, como director de Protección civil el Sr. Edgar Martin Pech, el director del sistema municipal de agua potable  y alcantarillado de Motul  C. Jorge Piste Alonzo, como director del DIF designaron al Br. Cristian Canul Aké, Servicios públicos municipales estará bajo la dirección  del C. Lucio Estrella Canul, Educación, Cultura y Deportes estará bajo la dirección del Lic. Jorge Méndez Pool. Servicios Médicos municipales  estará bajo la dirección del L.E.O. Manuel Hau Arceo, Obras Públicas y Desarrollo Urbano corresponderá al arq. Eric Contreras Ramírez y la dirección de Desarrollo Rural estará bajo la dirección  del Br. Nigel May Aké.
Los funcionarios públicos deberán cumplir con lo dispuesto en la ley del gobierno de los municipios del Estado de Yucatán como marca el articulo 80, 81, 82 y 83.
Artículo 80.- Para la satisfacción de las necesidades colectivas de los habitantes, cada Ayuntamiento organizará las funciones y medios necesarios a través de una corporación de naturaleza administrativa que se denomina Administración Publica Municipal, cuyo funcionamiento corresponde encabezar de manera directa al Presidente Municipal en su carácter de órgano ejecutivo, quien podrá delegar sus funciones y medios en funcionarios bajo su cargo,en atención al ramo o materia, sin menoscabo de las facultades y atribuciones conferidas al Ayuntamiento.
 
Artículo 81.- Al Presidente Municipal, previo acuerdo del Cabildo, corresponde crear las oficinas y dependencias que le garantice el ejercicio de sus facultades y obligaciones. Para su creación, fusión, modificación o supresión, se estará a las necesidades y posibilidades del Ayuntamiento.
 
Artículo 82.- Las oficinas y dependencias, conducirán sus acciones en base a los fines y objetivos de los planes y programas operativos anuales. Al frente de cada una de ellas, habrá un titular con la denominación que determinen los reglamentos respectivos. Para el despacho de sus  asuntos, se auxiliará en los demás funcionarios públicos que dispongan los reglamentos del ramo, conforme a los recursos presupuestales.
 
Artículo 83.- Los titulares de cada una de las oficinas y dependencias de la administración pública, deberán ser ciudadanos mexicanos, en pleno ejercicio de sus derechos, preferentemente vecinos del Municipio, de reconocida honorabilidad y probada aptitud para desempeñar los cargos que les corresponda. Acordarán directamente con el Presidente Municipal a quien le estarán subordinados de manera inmediata y directa, y comparecerán ante el Cabildo, cuando seles requiera.
Más adelante será a conocer otros cargos municipales.

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